Los visados de residencia para inversores extracomunitarios (fuera de la Unión Europea) han sido modificados por parte del PP, que ha registrado una treintena de enmiendas parciales al proyecto de ley de Segunda Oportunidad.
A partir de ahora el visado de residencia para inversores extranjeros dará derecho además de vivir, a trabajar en España. El visado también se le concede a los extranjeros que compren una vivienda de medio millón de euros o más en España. Y además se amplia el efecto a todo el tiempo que dure su vigencia con el límite de un año.
Si en el momento de obtener el derecho a dicho visado ha realizado una compra de una propiedad de más de 500.000€ pero no ha formalizado la operación, el Gobierno le concede un permiso de seis meses, presentando el precontrato de compra con garantía y un certificado de su banco en el que se refleje que dispone del precio de venta de la vivienda incluyendo cargas e impuestos.
Otra novedad es la ampliación del acceso al permiso de residencia a más miembros de la familia del inversor extranjero que se traslade a vivir a España: hasta ahora sólo el cónyuge y los hijos menores de edad o los que siendo mayores de edad no puedan proveer sus necesidades por motivos de salud disfrutaban de dicho permiso. Con la modificación también los padres del inversor podrán obtener el visado o autorización de residencia de larga duración, así como la pareja aunque no estén casados, los ascendientes que se encuentren a cargo del mismo y los hijos mayores de edad que dependan de económicamente del inversor y que no hayan formado otra unidad familiar.
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